5 años de la Ley contra la desaparición forzada de personas
Alejandro Encinas Rodríguez
Al cumplirse cinco años de la publicación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y las Cometidas por Particulares, que fue resultado de la persistente lucha de las familias que obligó, en abril de 2015, a la reforma del artículo 73 constitucional para mandatar al congreso para legislar en materia de tortura y desaparición de personas, y definir las responsabilidades del Estado en la materia, así como los instrumentos con las que se debe de contar para su implementación, garantizando la participación de los familiares de las víctimas, es necesario hacer una reflexión de sus alcances y de la necesidad de dar nuevos pasos para garantizar el derecho humano de todas las personas a ser buscadas.
Para ello, es preciso reconocer que pese a los avances logrados falta un largo trecho por recorrer para que diversos órganos del Estado asuman su responsabilidad, a fin de remontar inercias y resistencias que prevalecen.
Falta aún, que todas las instituciones del Estado y de los diferentes niveles de gobierno reconozcan la profundidad de la crisis en materia de desaparición de personas y de identificación humana para desarrollar las capacidades institucionales en la infraestructura y formación de recursos humanos y capacidades dentro de las instituciones públicas, contando con recursos suficientes para su implementación.
Es fundamental combatir la corrupción y la impunidad para desestructurar el entramado de actores que son cómplices de actos de desaparición, que resulta en un bajo indice de carpetas de investigación, que oscilan entre el 2 y 6 por ciento de los casos, y menos de 40 condenas sobre este delito.
Es necesario fortalecer la búsqueda en vida, en particular de personas reportadas como desaparecidas que han registrado vivencias en distintas bases de datos, fortaleciendo la atención inmediata al momento de la denuncia de desaparición, y el seguimiento de las fiscalías del estatus que guardan las investigaciones, en acompañamiento con las familias, lo que no sucede actualmente.
Es necesario, de una vez por todas, consolidar un Banco Nacional de Datos Forenses, el Registro Nacional de Personas Fallecidas, Identificadas y no Reclamadas, el Registro Nacional de Fosas; el Programa Nacional de Exhumaciones, que forman parte de la agenda pendiente de las fiscalías, así como del Programa Nacional de Búsqueda y el Reglamento de la Ley, cuyos proyectos se harán públicos en el mes de febrero para su discusión con todos los actores involucrados, principalmente las familias.
Actualmente se trabaja con las fiscalías en la identificación genética para conjugar las bases de datos y que se pueda tener celeridad en la identificación de las familias, pero sigue habiendo resistencias a la colaboración, prevaleciendo celos institucionales innecesarios para coadyuvar en su implementación.
Es imperativo hacer efectivo el derecho de todas las personas a ser buscadas en caso de desaparición y brindar garantías a sus familiares. De ahí la relevancia de la aprobación, la semana pasada, del dictamen que reforma el artículo 17 Constitucional que establece este derecho, a fin de impedir la evasión de responsabilidades en las autoridades que deben investigar este delito.
Debemos impedir la normalización en la comisión de este delito y la revictimización de sus familiares, quienes luchan por encontrarles. Recordando las palabras de Don Miguel Concha, es necesaria una coordinación y un diálogo honesto para seguir construyendo nuevas relaciones con todos los actores gubernamentales y sociales en favor de los derechos humanos con un amplio consenso con la centralidad de las víctimas. Idea que ha sido uno de los pilares de las acciones que encabeza este gobierno. (Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración)