Comisión Presidencial
Para la Verdad y Acceso a la Justicia del caso Ayotzinapa

Ciudad de México, septiembre 4 de 2019

Informe sobre la situación legal de las personas procesadas por la desaparición de los normalistas

Gildardo López Astudillo“El Gil”, “El Güero”, “El Vaquero”
• Detenido en Taxco, Guerrero el 17 de septiembre de 2015
• Acusado de delincuencia organizada Obtiene la libertad por falta de elementos. (Causa Penal 123/2014)
• Acusado de privación ilegal de la El juez determina que las 44 pruebas en su
libertad en la modalidad de secuestro contra no son suficientes para acreditar el secuestro.(Causa Penal 66/2015)
• La PGR le practicó el examen médico-psicológico “Protocolo de Estambul”, en el cual determinó que no
existían elementos para determinar la tortura. Sin embargo, dicho examen no se concluyó (faltó prueba de audiometría).
• La FGR no presentó nuevas pruebas que acreditaran el secuestro, antes del 25 de febrero de 2019.
• La resolución tomó como base sólo los 162 tomos que conformaban la investigación a finales del año
2014; actualmente la investigación consta de 791 tomos.
• La sentencia absolutoria del 30 de agosto de 2019 que libera a Gildardo López Astudillo por secuestro, a
Joaquín Lagunas Franco, Juan de la Puente Medina y Óscar Veleros Segura por delincuencia organizada,
es firmada por el secretario del Juzgado Primero de Distrito en Procesos Penales Federales de
Tamaulipas a cargo del juez Samuel Ventura Ramos.

Detenciones
Del 26 septiembre de 2014 al 30 de agosto de 2018, se consignaron 169
personas, de las cuales, se detuvo a 142:
55 policías de Iguala
20 policías de Cocula
67 civiles presuntos integrantes de Guerreros Unidos
Por diversos delitos:
• Delincuencia organizada, en la modalidad de delitos contra la salud,
• Delitos previstos en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos,
• Delitos previstos en la Ley General de Secuestro.
De las 142 personas detenidas, la PGR procesó a 70 personas por el delito de secuestro en contra de los normalistas.

Exclusión de pruebas

El procesamiento de los detenidos se basó en 107 pruebas recabadas en diversas averiguaciones previas que abrió la PGR; de éstas, sólo subsisten al día de hoy 44, puesto que las 63 restantes se declararon ilícitas por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito con sede en Reynosa, Tamaulipas, debido a que se acreditó una serie de violaciones al debido proceso, laintegridad personal y a la libertad, al detectarse:
• 13 casos de dilación indebida en la puesta a disposición.
• 48 detenciones ilegales por falsa flagrancia.
• 22 detenciones ilegales por haber sido ordenadas de forma irregular.
• 29 casos de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
• 26 casos de exceso en el cumplimiento de una orden de presentación.
• 1 caso de incomunicación.
• 6 casos de violación al derecho a la defensa adecuada.

Liberación de detenidos

A partir de esta resolución se han liberado 53 de los 142 detenidos originalmente, siendo la de Gildardo López Astudillo, la primera absolución por insuficiencia probatoria de la causa penal 66/2015 del
Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el estado de Tamaulipas.

Posibles liberaciones

Actualmente se ha cerrado la etapa de instrucción de alrededor de 50 personas que aún se encuentran en proceso penal, por lo que es posible que se dicten nuevas absoluciones.
¿Qué implica esto?
1. Mala integración de la investigación por parte de las autoridades ministeriales basada en irregularidades y graves violaciones de derechos humanos.
2. Criterios judiciales cuestionables
¿Qué derecho prevalece, el de las víctimas o del victimario?
Exhortamos al Fiscal General de la República para que se refuercen las capacidades técnicas, materiales y humanas de la Unidad de Investigación que le permita:
• Reparar los rezagos de la ineficiente procuración de justicia,
• Atender las irregularidades
• Realizar una investigación diligente, imparcial y apegada al debido proceso legal.

Exhorto

Exhortamos al Fiscal General de la República para que se refuercen las
capacidades técnicas, materiales y humanas de la Unidad de
Investigación que le permita:
• Reparar los rezagos de la ineficiente procuración de justicia,
• Atender las irregularidades
• Realizar una investigación diligente, imparcial y apegada al debido procesolegal.

By |2019-09-04T14:11:00+00:00September 4th, 2019|home, Subsecretario|