A 5 años de la entrada en vigor de la LGTAIP

Avances y retos de la transparencia y el acceso a la información en México

Participación en la video conferencia “Retos próximos de la transparencia y el acceso a la información en México”, del Foro “Avances y retos a de la LGTAIP”

 

Con la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

 

  • Se instituyó al establecimiento de un Sistema Nacional de Transparencia para coordinar y desarrollar una política transversal de transparencia a nivel nacional.

 

  • Se fortalecieron las atribuciones de los organismos garantes.

 

  • Se amplió el universo de sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información que obren en su poder: Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos; así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los ámbitos federal, de las Entidades Federativas y municipal.

 

  • Se ordenó el uso de tecnologías de la información y comunicaciones para facilitar la publicación de obligaciones de transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información.

 

  • Se implementó la Plataforma Nacional de Transparencia.
  • La PNT es implementada por los 33 organismos garantes.
  • La PNT permite a cualquier persona y en cualquier parte del mundo, con una conexión de internet, tenga a su alcance información de todas las instituciones públicas de México, de los tres niveles de gobierno.

 

  • Se amplió el catálogo de obligaciones de transparencia, pasando de 17 a 170 [48 comunes y 122 específicas].

 

  • Se estandarizaron y homologaron los criterios para publicar la información.
  • A través de la PNT se puede consultar información de más de 8 mil sujetos obligados en el país de manera sistematizada
  • Respecto a los procesos clasificación:

 

  • Se detalla cuándo es posible reservar información y cuándo debe hacerse pública a través de la prueba de daño y prueba de interés público.
  • Se establece que no habrá reserva de información cuando se relacione con la investigación de violaciones graves a derechos humanos, posibles actos de corrupción o delitos de lesa humanidad.
  • La información se clasificará excepcionalmente como reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional.

 

En ese sentido, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Púbica ha permitido:

 

En materia de transparencia:

 

  • Ser un mecanismo de control y regulación sustituye los esquemas burocráticos tradicionales del que hacer gubernamental y, contribuye a la construcción de una nueva relación entre gobierno y sociedad.
  • Que su práctica cotidiana genere un desarrollo institucional más sensible, receptivo a la opinión y demandas de la sociedad.
  • Promover la confianza en las instituciones de gobierno y el fortalecimiento de la participación ciudadana en los asuntos públicos.

 

En materia de derecho de acceso a la información:

 

  • Facilita el acceso y ejercicio de otros derechos.
  • A través de la PNT la sociedad ha logrado allegarse de información útil; ya sea por la vía de consultas de información pública o, a través de la presentación de solicitudes y recursos de revisión.
  • La PNT ha contribuido al fomento de entornos de participación democrática con ciudadanos mejor informados.
  • Diversos casos de corrupción y de importancia nacional han sido expuestos a partir de información obtenida publicada y/o entregada mediante la PNT:
  • En el esclarecimiento de los hechos relacionados con la desaparición de los43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, el INAI ha ratificado, en distintas resoluciones, su postura a favor de acceder a los documentos que han sido integrados por las autoridades para dar continuidad a las investigaciones.

 

En 2015, el INAI ordenó a la PGR a entregar copia de la averiguación previa que, hasta ese momento, estaba integrada. La resolución implicó la revisión de 56 mil hojas para su entrega en versión pública, misma que ya ha sido publicada.

 

  • Dar a conocer versión pública de la averiguación previa del caso Tlatlaya, así como del expediente de seguimiento al cumplimiento de la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos [PGR].

 

  • Dar a conocer versión pública del contrato de compraventa que suscrito con diversas empresas que fueron parte de Altos Hornos de México; el contrato de compra de activos de la planta Agro Nitrogenados, y el detalle de cuáles son y a cuánto ascienden los pasivos con que se recibió a la planta [Pemex fertilizantes].

 

  • Dar a conocer el número de denuncias por el delito de tortura presentadas de 2006 a 2017; detallando, año, institución a la que pertenecía la autoridad responsable y el delito [PGR].

 

copia del expediente completo de la investigación del socavón que se generó en la obra denominada “Paso Express”,

 

  • ODEBRECHT. Constructora brasileña señalada como pilar en un esquema de corrupción a nivel internacional.

 

  • “La casa blanca”. Las solicitudes de información fueron pieza clave para la investigación. La investigación ganó el Premio Gabriel García Márquez de Periodismo 2015.

 

  • “La Estafa maestra” Se presentaron 517 solicitudes de acceso a información para obtener convenios entre dependencias federales y universidades; así como, los contratos firmados con las empresas. La investigación recibió el Premio Ortega y Gasset de Periodismo 2018, en la categoría: Mejor Historio o Investigación Periodística.

 

  • Caso PROVIDA: uso indebido de recursos presupuestales. Toda la información que derivo en la denuncia y exposición pública del caso, como resultado del ejercicio del derecho de acceso a la información.

 

 

By |2020-05-06T22:52:27+00:00May 6th, 2020|home, Subsecretario|