¿Justicia o Impunidad?
Alejandro Encinas Rodríguez
Tras viralizarse en las redes sociales, el video que registra la tortura a la que fue sometido uno de los presuntos perpetradores de la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal de Ayotzinapa, inundó los medios de comunicación.
En la escena aparece un hombre atado y vendado de los ojos, a quien se interroga causándole asfixia con una bolsa de pastico, cuestionándole de manera insistente el lugar donde fueron entregados los normalistas y a donde los condujeron, cortándose la grabación al momento en que se le aplica de nueva cuenta la asfixia.
La persona torturada ha sido identificada como Carlos Canto Salgado (a) El Pato. El video se grabó, probablemente, el 22 de octubre de 2014. Diversos medios de comunicación señalaron como presunto responsable de la tortura, al subsecretario de Seguridad Pública en el estado de Michoacán, Carlos Gómez Arrieta, quien entonces se desempeñaba como director de la Policía Ministerial de la PGR. Días después, Gómez Arrieta renunció a su cargo.
A partir de estos hechos, la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa, solicitó, el 21 de junio de 2019, a la Fiscalía General de la República, tomara las acciones que procedieran con motivo de los presuntos hechos de tortura para obtener información relacionada con el Caso Ayotzinapa. Entre otras, citar a comparecer a Gómez Arrieta, a efecto de que manifestara lo que sea de su conocimiento sobre los hechos de Ayotzinapa, así como de todos los datos que puedan ser relevantes para el caso.
El 22 de junio de 2019, el Ministerio Público de la Federación, citó a Gómez Arrieta, para que se presentara a declarar en calidad de testigo, el 26 de junio.
Gómez Arrieta respondió que, de acuerdo con información difundida en diversos medios de comunicación, tenía conocimiento de que se le investiga como probable responsable en la comisión de hechos constitutivos de delito, solicitando que se le hiciera saber la imputación que existe en su contra y el nombre del denunciante o querellante; que se le permitiera la consulta de las constancias que integran la averiguación previa, así como se le faciliten los datos necesarios para su defensa.
Sin embargo, el pasado 25 de julio, el C. Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, Juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, otorgó un amparo, a Gómez Arrieta, en contra de la solicitud de la Comisión Presidencial para el Caso Ayotzinapa, evitando su comparecencia ante la autoridad competente.
No causa sorpresa la resolución de quien detenta tan importante investidura para impartir justicia, ya que cuenta con un largo historial de amparos y suspensiones en diversos casos de corrupción. Entre otros: concedió suspensión definitiva a los suegros del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, acusado de enriquecimiento ilícito, impidiendo a las autoridades solicitar una orden de aprehensión contra éstos; de la misma manera, concedió la suspensión definitiva a presuntos prestanombres del C. Manuel Barreiro, acusado de operar una red de lavado de dinero que involucraba al ex candidato a la presidencia, Ricardo Anaya; otorgó además la suspensión provisional a la extradición del ex gobernador interino de Coahuila, quien estuvo en funciones durante la matanza de Los Zetas en el municipio de Allende, Jorge Juan Torres López, acusado de asociación delictuosa, fraude y opciones con recursos de procedencia ilícita.
Nadie niega los derechos que la ley otorga a Gómez Arrieta, para garantizar el debido proceso partiendo de la presunción de inocencia. Lo que es condenable, es el cómo la propia autoridad obstruye la ley y la impartición de justicia. Es momento ya que los jueces rindan cuentas de sus sentencias. (Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración)